Expte. Nº 8.957/25
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
Los reiterados reclamos de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de la calle Comandante Espora al 500 expresan su constante preocupación
debido a la gran cantidad de pozos y baches en la intersección con calle Intendente Andreu.
Que resulta dificultoso por esta condición que los vecinos puedan transitar, así como también que
las ambulancias y/o los móviles policiales, acudan ante una emergencia.
Que dificulta el ingreso de los vecinos al consultorio externo de Odontología (Dispensario
Andreu) y a la Vecinal Int. Andreu.
Que la circulación constante de los colectivos durante todo el día provoca el deterioro progresivo
de la calle, generando roturas cada vez más frecuentes.
Que con las precipitaciones, las cañerías se obstruyen y los pozos se llenan de agua, quedando
estancada durante varios días.
Que, esta situación, genera gran preocupación por la pronta temporada de altas temperaturas y
favorece a la proliferación del mosquito transmisor de Dengue, poniendo en riesgo la salud de los
vecinos.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la
prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Que la obra de desagüe solucionaría y beneficiaría a los vecinos, mejorando las condiciones de
vivienda.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.219/2.025
ART.1°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez solicita al Departamento Ejecutivo
Municipal que estudie la factibilidad para el desarrollo de Obras de Entubamiento en calle Comandante
Espora al 500, en la intersección con calle Intendente Andreu.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de septiembre de 2.025.
AUTORA: JULIETA VEGA.

