Expte 6509/18 Justicialista FPV

VISTO

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756;

Las Ordenanza Nº 1814/08 y Ordenanza Nº 1847/09

El Reclamo de Titulares de Unidades de Servicio Público de remis y transporte escolar; y

CONSIDERANDO.

Que los titulares de las unidades del servicio público de pasajeros de remis y transporte escolar, que abonan la correspondiente desinfección según ordenanzas, denuncian que el servicio se cobra, pero no se efectúa por parte de la oficina Municipal pertinente, descuidando la higiene y las condiciones mínimas de salubridad.

Que la limpien en los medios de transporte público es una cuestión fundamental, ya que trasladan un elevado número de pasajeros cada día, siendo el vehículo un factor contaminante para la salud de choferes y pasajeros.

Por todo lo expuesto los concejales del Bloque Justicialista — Frente para la Victoria elevan para su tratamiento y posterior aprobación el presente proyecto de:

DECRETO

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda informe a este cuerpo en un plazo de 1O días hábiles el motivo de la no realización de la desinfección pertinente a las unidades del servicio público de transporte de pasajeros de remis y transporte escolar, según lo establece artículo 17 0 de la ordenanza N O 1814/08 y el artículo 8 0 de la ordenanza N01847/09.

Art. 2º) De forma

Bloque Justicialista del Concejo Deliberante de Villa G. Gálvez, al 12 de junio de 2018

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