VISTO:

Ley Provincial Nº 2756 Art. 14 y 38.

El pedido de la comunidad educativa de la Escuela Primaria N° 1.204, y

 

CONSIDERANDO:

Que con el objetivo de mejorar la circulación vehicular, se encuentran dentro de las funciones del Concejo Deliberante dictar ordenanzas sobre vialidad y reglamentar la misma dentro del ejido del municipio, como bien lo establecen los Art. 14 y 38.

Que por otro lugar, es necesario resaltar que por el exponencial crecimiento del parque automotor es imperioso cambiar el sentido de algunas arterias; las cuales al estar cerca de establecimientos escolares generan complicaciones al tránsito en general y riesgos para tanto peatones como automovilistas.

Que el Pasaje N°4 entre las calles Rosario y Liniers es altamente concurrido en el ingreso y egreso de alumnos a que asisten a la escuela primaria Nº1.204 “Ingeniero Enrique Mosconi.” También es oportuno mencionar que en la misma altura se hallan la Escuela Secundaria 364 “Soldado Aguirre” y el Centro de Salud San Enrique.

Que es necesario mejorar el tránsito vehicular para evitar, tanto posibles accidentes como el congestionamiento de la arteria antes mencionada; pues la concurrencia de vehículos conducidos por padres de alumnos y personal de la comunidad educativa es nutrida en los horarios de ingreso y salida.

Que por todo lo arriba expuesto, es necesario cambiar la orientación de circulación de doble mano del Pasaje N°4 entre la Calle Liniers y Rosario pasando a tener sentido único de circulación Oeste – Este, y con ello descomprimir las calles adyacentes para generar mayor fluidez del tránsito.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

ORDENANZA 

 

ART.1º) Establézcase como sentido único de circulación Oeste – Este de Pasaje N°4 entre calle Liniers y calle Rosario.

ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, colocará carteles de señalización para la correcta implementación del Art. 1º de la presente Ordenanza, pudiendo trabajar en conjunto con el establecimiento educativo para este fin.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

Dado en Sala del bloque Frente Progresista Cívico y Social el 19 de junio de 2018.

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