VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, y

CONSIDERANDO:

Que hace un año aproximadamente, el Club Villa Gobernador Gálvez pidió en forma particular al vecino lindante para que retire los autos abandonados que se encuentran en el predio de la sede.

Que, en el mes de febrero de este año, al no tener una respuesta de parte del dueño del taller, se comunicaron en forma informal con personal de la municipalidad, los cuáles se hicieron presentes en el lugar, donde dialogaron con el dueño del taller y que en ese momento dio fe de retirar los vehículos.

Que en los meses siguientes no retiro los autos y la problemática se agravaron porque volvió a poner más autos en el predio perteneciente al club, donde ya en el lugar se encuentran 16 vehículos abandonados.

Que el Club necesita liberar el lugar para futuras obras, ya que cuenta con los materiales para colocar el tejido perimetral.

Por lo expuesto los concejales abajo firmantes eleven el siguiente proyecto;

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante, ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, intime en el término de 3 días hábiles, al taller ubicado en la calle 20 de Junio y calle Alvear para que retire los autos que ocupan el predio del Club Villa Gobernador Gálvez.

ART.2º) De forma.

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Expte 6527-18

Expte. Nº 6527-18

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