Expte 6556/18 Justicialista FPV

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,

El reclamo de vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en calle Chubut a la altura catastral del 1300 sobre la vereda impar se observa la obstrucción del desagüe pluvial, produciéndose en la zona un anegamiento de características importantes.

Que a raíz de lo detallado en el párrafo precedente las aguas servidas inundan la calzada de la mencionada arteria provocando un foco infecto contagioso producto de las enfermedades que proliferan desde allí.

Que en dicha vereda la cuneta en cuestión se encuentra entubada aproximadamente desde la mitad de la cuadra hasta su intersección con calle Juan José Paso, tramo que impide el libre escurrimiento de los efluentes.

Que es necesario realizar las tareas de desobstrucción de la cañería que desembocan los desagües pluviales para erradicar la problemática de desborde causada en los días de gran afluencia de agua.

Que es deber de este Concejo Deliberante comunicar las necesidades de nuestro municipio y solicitar la realización de las obras publicas para mejorar el bienestar y calidad de vida de los vecinos de la ciudad.

Por todo lo expuesto los concejales del Bloque Justicialista FPV, elevan para su tratamiento y posterior aprobación, el presente proyecto de:

DECRETO 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos realice las tareas pertinentes para la desobstrucción de la cañería de desagüe pluvial de calle Chubut entre las calles Las Heras y Juan J. Paso, vereda impar.

 ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de bloque Justicialista FPV del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, a los 6 días del mes de agosto del 2018

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Expte. Nº 6556-18

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