VISTO:
La Ley Orgánica dc Municipalidades N° 2756,
La minuta de comunicación N° 2042/13, Tareas de mantenimiento en los juegos infantiles y demás edificaciones en la Plaza de la madre.
La Minuta de Comunicación N° 2079/2015, Construcción de baños públicos en la plaza San Martín; A la Madre y Ferroviario,
El Decreto N° 912/16, Para que se tenga en cuenta el valor histórico de la Plaza a la Madre y se realice su correspondiente mantenimiento, y:
CONSIDERANDO:
Que hace varios años, se ha solicitado al Departamento Ejecutivo Municipal, se ponga en valor la plaza a la madre y se mantenga en buen estado ya que es un lugar de esparcimiento, para niños, adolescentes y adultos de la ciudad.
Que esta plaza es la más importante ya que se ubica en el centro de la ciudad, y en ella se encuentra el anfiteatro municipal Dr. Agustín Nastta.
Que hace unos días, el municipio arreglo la calesita de plaza a la madre, lo cual esto impulsa a que los vecinos de la ciudad quieran llevar a sus hijos y compartir gratos momentos con ellos.
Que es deber del municipio cumplir con las normas de higiene y seguridad para nuestros vecinos, y mantener nuestros espacios públicos pintados y en condiciones.
Por todo lo expuesto la concejal abajo firmante presenta el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1 0) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, se cumpla el Decreto NO 912/2016, en un en el plazo de 15 días
ART. 20) Dé forma.
Dado en las del bloque CAMBIEMOS, a los l l dias del mes de diciembre del 2018.
Descargar doc: