LIMPIEZA Y REMOCION BASURAL UBICADO EN PASAJE 4 AL 1900

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo realice la limpieza y remoción del basural ubicado sobre Pasaje 4 al 1900. Exp. 4839/13.

VISTO

Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;

Ley 2.756 articulo 41 inciso 24 y;

Constitución Nacional artículo 41;

Reclamo verbal de los vecinos ante el concejal abajo firmante y;

CONSIDERANDO

Que sobre Pasaje 4 al 1900 entre Buenos Aires y San Nicolás se encuentra un terreno baldío, el cual carece de limpieza y desmalezamiento que mantenga el lugar en condiciones.

Que los vecinos están cansados de limpiar y recoger la basura que personas ajenas a la zona tiran allí.

Que el mismo se está convirtiendo en un basural que favorece la proliferación de ratas y de distintos tipos de alimañas.

Que dicho lugar constituye un foco infeccioso y un peligro para la salud de los vecinos.

Que los altos pastizales y las ramas que tiran en el lugar atentan contra la seguridad de los vecinos y favorecen la delincuencia.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

 

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar la limpieza y remoción del basural que se está emplazando sobre el Pasaje 4 al 1900 entre Buenos Aires y San Nicolás.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación de un cartel de Prohibido arrojar basura.

Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, convoque al/ los propietarios del mencionado terreno para que procedan a cerrar el predio de manera tal que evite la formación de basurales.

Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, intime al/ los propietarios del mencionado terreno para que realicen la vereda correspondiente.

 

 

 

 

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