Autor : Departamento Ejecutivo Municipal.
Exptes. N° 9.149/26
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 14.436, y
CONSIDERANDO:
Que es facultad del Concejo Deliberante “examinar, aprobar o rechazar las cuentas de gastos
ordinarios y extraordinarios que deberá presentar anualmente la Intendencia en el mes de Abril “; según el
Art. 51° Inciso r de la Ley N° 14.436.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 3.237/2026
ART.1°) Apruébase el Estado Patrimonial y la Ejecución del Presupuesto al 31/12/2.025, con todos sus
cuadros y anexos, presentados por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Concejo Deliberante en un
total de 55 folios.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de abril de 2.026.

