Resol. 1981/17 Ayudas económicas

VISTO:

Las  notas  presentadas por los Sres. Cejas; Luján; Paniagua; Espinoza; Pavia; López; San Juan; Dariozzi; Gómez; Mendoza; Vallejos; Chaparro; Moreira, Anriquez; Bartozzetti; Biassi; Gorosito; Quispe y Riquelme a este Concejo Deliberante, y

CONSIDERANDO:

Que los mismos exponen  diferentes situaciones que,  necesariamente deben contar con una ayuda económica  para lograr los objetivos y/o cubrir necesidades básicas insatisfechas.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

 

RESOLUCIÓN Nº 1.981/2017

 

ART.1º) Autorizase un pago de $  2.000.- (Pesos Dos Mil), a la Sra. Cejas, Agustina A., DNI. Nº 41.603.420,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque PRO.

 

ART.2º) Autorizase un pago de $ 500.- (Pesos Quinientos) al Sr. Luján, Leonel N., DNI Nº 37.265.030,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque PRO.

 

ART.3º) Autorizase un pago de $ 800.-  (Pesos Ochocientos) a la Sra. Paniagua, Marcela R., DNI Nº 25.183.682,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.

 

ART.4º) Autorizase un pago de $ 500.-  (Pesos Quinientos) a la Sra. Espinoza, Dora B.,  DNI Nº 18.118.858,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque UNA.

 

ART.5º) Autorizase un pago de $ 800.-  (Pesos Ochocientos) a la Sra. Pavia, Marta A.,  DNI Nº 40.786.979,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque UNA.

 

ART.6º) Autorizase un pago de $ 1.000.-  (Pesos  Un Mil) a la Sra. López, Teresa, DNI Nº 13.611.515,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque UNA.

 

ART.7º) Autorizase un pago de $ 1.000.-  (Pesos Un Mil) a la Sra. San Juan, Evangelina G.,  DNI Nº 27.233.933,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque UNA.

 

ART.8º) Autorizase un pago de $ 1.500.-  (Pesos Un Mil Quinientos) al Sr. Dariozzi, Raúl H.,  DNI Nº M6.058.797,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque UNA.

 

ART.9º) Autorizase un pago de $ 500.-  (Pesos Quinientos) a la Sra. Gómez, María C.,  DNI Nº 33.956.026,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPCyS.

 

ART.10º) Autorizase un pago de $ 500.-  (Pesos Quinientos) al Sr. Mendoza, Jonatan L.,  DNI Nº 35.290.801,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPCyS.

 

ART.11º) Autorizase un pago de $ 1.000.-  (Pesos Un Mil) al Sr. Vallejos, Héctor I.,  DNI Nº 41.637.534,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPCyS.

 

ART.12º) Autorizase un pago de $ 2.000.-  (Pesos Dos Mil) a la Sra. Chaparro, Marisa A.,  DNI Nº 22.833.182,  en concepto de ayuda económica gestionado de la siguiente manera: $400.- (Pesos Cuatrocientos) por el Bloque PRO; $400.- (Pesos Cuatrocientos) por el Bloque UNA; $300.- (Pesos Trescientos) por el Bloque FPCyS y $900.- (Pesos Novecientos) por el Bloque FPV.

 

ART.13º) Autorizase un pago de $ 800.-  (Pesos Ochocientos) a la Sra. Moreira, Rosana B.,  DNI Nº 33.170.782,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.

 

ART.14º) Autorizase un pago de $ 250.-  (Pesos Doscientos Cincuenta) a la Sra. Anriquez, Noelia N.,  DNI Nº 28.727.021,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.

 

ART.15º) Autorizase un pago de $ 500.-  (Pesos Quinientos) a la Sra. Bartozzetti, Angélica M.,  DNI Nº F6.172.498,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPCyS.

 

ART.16º) Autorizase un pago de $ 2.000.-  (Pesos Dos Mil) a la Sra. Biassi, Rosana B.,  DNI Nº 22.683.342,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPCyS.

 

ART.17º) Autorizase un pago de $ 1.000.-  (Pesos Un Mil) a la Sra. Gorosito, Noelia M.,  DNI Nº 33.865.792,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPCyS.

 

ART.18º) Autorizase un pago de $ 500.-  (Pesos Quinientos) a la Sra. Quispe, Mariel J.,  DNI Nº 29.496.302,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.

 

ART.19º) Autorizase un pago de $ 2.000.-  (Pesos Dos Mil) a la Sra. Riquelme, Estela N.,  DNI Nº 23.344.119,  en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.

 

ART.20º) Comuníquese y archívese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante,  12  de Octubre de 2017.

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