Resol. N° 2324/2022 Designación Comisiones AD HOC Período 2022-2023

VISTO:

La Ley 2756.

Ley Provincial Nº 8094 (Junta Municipal Defensa Civil)

Las Ordenanzas Nº 2035/12 (FONDEPRO); Nº 1075/95 y 1144/95 (Comisión Estudios del Código Urbano); Nº 1.141/95 (Ente Contralor); Nº 1812/08 y 1.928/10 Art. 14º (Seguimiento Habilitaciones); Nº 2.484/17 (GIRSU); Nº 2092/12 (Junta Municipal Defensa Civil); Nº 1.901/10 (Problemática Discapacidad); Nº 1.865/09 (CAS); La ordenanza N° 2.244/2014 (de creación en el ámbito de Villa Gobernador Gálvez el Fondo de Asistencia al Deporte); La Ordenanza Nº 2679/20 de Creación del Consejo de Personas Adultas Mayores; Las Ordenanzas Nº 2.697/2020 y 2717/20 de Creación de la Comisión de Asesoramiento, promoción y seguimiento de los Centros Comerciales a Cielo Abierto.

Las Resoluciones Nº 1.663/12 (FONDEPRO); Nº 1259/05, 1482/08, 1571/10, 1644/11, 1737/14, 1855/15 y 1936/16 (Comisión Estudios del Código Urbano); Nº 1.736/2014, 1.854/15 y 1.937/16 (Ente Contralor); Nº 1.938/17 (Seguimiento Habilitaciones); Nº 1.693/13 (Junta Municipal Defensa Civil); Nº 1.646/11 (Problemática Discapacidad); Nº 1.738/14 (CAS); Nº 2.155/20 (Asesoramiento, promoción y seguimiento de los Centros Comerciales a Cielo Abierto), y

CONSIDERANDO: 

Que en virtud de lo establecido en la Ordenanza Nº 2035, en su Art. 1º, se crea una Comisión de fiscalización y distribución de los fondos provenientes del FONDEPRO, Área Seguridad.

Que, para el funcionamiento y formación de dicha Comisión, se hace necesario la designación de un representante del Concejo Deliberante para integrar la misma.

Que resulta necesario designar los reemplazantes en la Comisión de Estudios y Proyectos del Código Urbano, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el Código Urbano, Ordenanza Nº 1.144/95 y modificatorias, y Resoluciones Nº 1.259/05, Nº 1.482/08, 1.571/10, 1.644/11, .737/14, 1.855/15 y 1.936/16.

Que resulta necesario designar a dos representantes del Concejo Deliberante para integrar el Ente de Contralor del Sistema Eléctrico, y seguimiento del cumplimiento del Contrato de Concesión y estudios de costos y tarifas de la Concesión del Servicio Público de Energía Eléctrica y Alumbrado Público de la Ciudad.

Que la referida designación que se establece en cumplimiento a lo dispuesto por Ordenanza Nº 1.141/95 que dice textualmente: “El Contralor del Sistema y el seguimiento del cumplimiento del contrato de concesión, así como los estudios de costos y tarifas, estarán a cargo de un ente que se crea por la presente Ordenanza y que se integrará de la siguiente manera: 2 representantes del Concejo Deliberante; 2 representantes del Departamento Ejecutivo Municipal; 2 representantes de la Cooperativa”. La totalidad de los concejales, 1 representante de la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez y 1 representante de los usuarios y consumidores deberán ser invitados a cada reunión del Ente y podrán participar bajo la calidad de miembros consultivos.

Que, por nota elevada a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal, se solicita que se designen los representantes de este Concejo Deliberante para integrar la Comisión de Seguimiento de Habilitaciones de Comercios de Comestibles y Artículos Asociados que fuera creada en virtud de la Ordenanza Nº 1.812/10 Art. 15º la cual fue modificada por la Ordenanza Nº 1928/10.

Que el Art. 14º de la Ordenanza Nº 1928/10 establece: “Crease una Comisión de Seguimiento de Habilitaciones de Comercios de Comestibles y Artículos Asociados que estará integrada por dos representantes de la Asociación de Comercio e Industria de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, dos representantes del Concejo Municipal, la que funcionará como Consejo Consultivo del Departamento Ejecutivo Municipal y de los particulares interesados”.

Que, por lo expuesto, es necesario designar dos representantes de este Cuerpo para integrar la mencionada Comisión de Seguimiento de Habilitaciones de Comercios de Comestibles y Artículos Asociados.

Que por Ordenanza Nº 2.484/17, se aprueba el estatuto del Consorcio para la Gestión Integral de residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), “Zona Sur”.

Que en el Art. 3º de la mencionada Ordenanza se crea la Comisión de Seguimiento Local del Consorcio para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), “Zona Sur”, conformada por 3 (tres) concejales de fuerzas opositoras y el Intendente Municipal.

Que, por lo expuesto, es necesario designar los representantes del Concejo Deliberante para integrar la mencionada comisión de Seguimiento Local del Consorcio para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) “Zona Sur”.

Que en virtud de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 2092/12, se crea la Junta Municipal de Defensa Civil. Que dicha Junta estará integrada entre otros, por miembros del Concejo Deliberante.

Que es necesario proceder a la designación de los miembros del Concejo Deliberante para la conformación de la Junta mencionada.

Que por Ordenanza Nº 1.901/10, se creó el Consejo Local de Inclusión de la Problemática de la Discapacidad, siendo el mismo de carácter consultivo, no vinculante, teniendo como fin asesorar y elevar proyectos al Departamento Ejecutivo Municipal, colaborando con la difusión de las políticas a realizar sobre la temática.

Que en el Art. 1º de la mencionada Ordenanza, establece que “El Consejo Local de Inclusión de la Problemática de la Discapacidad, estará integrado por 2 (dos) representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, siendo 1 (uno) de estos integrantes del CAD (Centro de Atención a la Diversidad) dependiente de la Secretaría de Promoción Social y 1 (uno) de la Secretaría de Salud, 2 (dos) representantes del Concejo Deliberante siendo estos 1(uno) por el Bloque Mayoritario y 1 (uno) por la Minoría, 1 (un) representante por Institución Civil e Institución Educativa con sede y funcionamiento en VGG abocada a abordar la temática de la discapacidad y 4 (cuatro) discapacitados rehabilitados de distintas patologías”.

Que, por lo expuesto, es necesario designar los representantes del Concejo Deliberante para integrar el Consejo Local de Inclusión de la Problemática de la Discapacidad.

Que es necesario designar los representantes del Concejo Deliberante para integrar la Comisión de Apoyo a la Seguridad.

Que tendientes a mejorar las condiciones de seguridad urbana en el municipio, se debe promover la cooperación entre los diferentes estamentos del Estado (municipal, provincial y nacional) así como entre éstas y la sociedad civil, sea a través de los particulares o de las organizaciones que los mismos se den para su integración, siempre en la tarea de prevención.

Que es necesario designar a 3 concejales para integrar la Comisión Fiscalizadora del Fondo de Asistencia al Deporte, según la ordenanza N° 2.244/2014 y su modificatoria ordenanza 2.626/19.

Que la Resolución Nº 2155/20 designa los representantes del Concejo para integrar la Comisión de Asesoramiento, promoción y seguimiento de los Centros Comerciales a Cielo Abierto creada por Ordenanza Nª 2697/20 y modificada por Ordenanza Nº 2717/20.

Que es necesario designar los representantes del Concejo para integrar el Consejo de Personas Adultas Mayores, creado por Ordenanza Nº 2679/20.

            Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:

RESOLUCIÓN Nº 2.324/2.022

ART.1º) Designase como representante del Concejo Deliberante, para integrar la Comisión de fiscalización y distribución de los fondos provenientes del FONDEPRO, Área seguridad, creada por Ordenanza 2035/12, a la siguiente Concejal: 

CUEVAS Cristina B. 

ART.2º) Designase a los siguientes Concejales como representantes ante la Comisión de Estudio y Proyectos del Código Urbano (Ordenanza N 1.075/95):

MURABITO, Jorge A.

CUEVAS, Cristina B.

VEGA, Julieta F.

DOLCE, Carlos

ART.3º) Designase como representantes del Concejo Deliberante para integrar el Ente de Contralor del sistema y seguimiento del cumplimiento del Contrato de Concesión y estudios de costos y tarifas de la Concesión del Servicio Público de Energía Eléctrica y Alumbrado Público de la Ciudad a los siguientes Concejales:

PASCALE, Javier R.

MURABITO, Jorge A.

ART.4º) Desígnese como representantes de este Cuerpo Deliberativo para integrar la comisión de seguimiento de habilitaciones de comercios de comestibles y artículos asociados, según lo establecido por el Art. 14º de la Ordenanza Nº 1.928/10, a los siguientes Concejales:

VEGA Julieta F.

CUEVAS, Cristina B.

ART.5º) Desígnese como representantes de este Cuerpo Deliberativo, para integrar la Comisión de Seguimiento Local del Consorcio para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) “Zona Sur”, según lo establecido por el Art. 3º de la Ordenanza Nº 2.484/17, a los siguientes Concejales:

CUEVAS, Cristina B.

KOCHS, Elías R.

MURABITO, Jorge A.

ART.6º) Procédase a la designación para integrar la “Junta Municipal de Defensa Civil”, a los siguientes Concejales:

KOCHS, Elías R.

CUEVAS, Cristina B.

MARTINEZ, Natalia.

ART.7º) Desígnese como representantes de este Cuerpo Deliberativo, para integrar el Consejo local de inclusión de la problemática de la discapacidad, según lo establecido por el Art. 1º de la Ordenanza Nª 1.901/10, a los siguientes Concejales:

PASCALE, Javier R.

VEGA, Julieta F.

ART.8º) Designase a los siguientes Concejales como representantes del Concejo Deliberante para integrar la Comisión de Apoyo a la Seguridad de la Ciudad: 

MARTINEZ, Natalia

PASCALE, Javier R.

CUEVAS, Cristina B.

ART.9º) Designase a los siguientes Concejales como representantes del Concejo Deliberante para integrar la Comisión Fiscalizadora del Fondo de Asistencia al Deporte:

MURABITO, Jorge A.

CUEVAS, Cristina B.

VEGA, Julieta F.

ART.10º) Designase a los siguientes Concejales como representantes del Concejo Deliberante para integrar la Comisión de Asesoramiento, promoción y seguimiento de los Centros Comerciales a Cielo Abierto:

MURABITO, Jorge A.

VEGA, Julieta F,

CUEVAS, Cristina B.

ART.11º) Desígnase al siguiente Concejal como representante del Concejo Deliberante para integrar el Consejo de Personas Adultas Mayores:

VEGA, Julieta F.

ART.12º) Todos los Concejales integrantes de las Comisiones AD HOC estarán sujetos a los cambios de conformación que tenga el Concejo Deliberante, a través de sus renovaciones parciales.

ART.13°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 06 de diciembre de 2022.

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