Expte. N° 8.102/23
VISTO:
La Constitución de la Provincia de Santa Fe, Art. 19
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en la Ciudad existe un importante número de vecinos dependientes del sistema público de salud.
Que la extensión de la Ciudad hace que los vecinos de los barrios más alejados del centro , no puedan acercarse al Hospital Dr. Anselmo Gamen.
Que el correcto funcionamiento de los centros de salud barriales descomprimen y facilitan la atención de dicho hospital
Que ya se le ha solicitado al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe una serie de acciones y medidas en vista de incrementar y mejorar el sistema de salud local.
Que según consta del reclamo de los vecinos, la atención en los centros de salud es en general hasta las 13 hs y los que atienden hasta las 18hs, muchas veces no cuentan con personal médicos después del mediodía.
Que comenzamos a transitar la época del año donde la demanda en el sistema de salud aumenta debido a las afecciones respiratorias típicas de las estaciones frías.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN Nº 2.351/2023
ART.1°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe solicitando, la extensión del horario de atención en los Centros de Salud hasta las 18 hs.
ART.2°) Elévese copia de la presente Resolución al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe dentro de los 5 días hábiles siguientes a la sanción.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1 de junio de 2023.

