Autores del proyecto: Concejales Garavano, Stange y Mangiaterra
Asunto: Proyecto de Ordenanza; Se gestione ante el NCA o Agencia de Administración de Bienes del Estado permiso de uso de terreno ubicado en calle Moreno para un estacionamiento público municipal. Exp. 6302/17.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, y
CONSIDERANDO:
Que en la parte de nuestra ciudad que conocemos como céntrica, en la zona de la Plaza A La Madre la instalación de comercios, bancos y otras instituciones provocan la concurrencia masiva de gente.
Que por lo general esta masa poblacional se moviliza en automóviles particulares, transporte público o por otros medios.
Que observamos que en horario comercial la zona detallada se encuentra desbordada de automóviles, haciéndose una tarea casi imposible poder estacionar.
Que debemos encontrar una solución a este problema que se exacerba debido a que el parque automotor crece día a día.
Que en las adyacencias a la Plaza a la Madre, en la parte norte se encuentra un terreno ocioso propiedad del ferrocarril.
Que este terreno linda al oeste con la estación de servicios PDV SUR, al Norte con las vías del ferrocarril y al Sur con la Plaza a La Madre. Para mejor visualización se adjunta foto satelital.
Que en virtud de sus dimensiones podría utilizarse el predio como estacionamientos de automotores particulares.
Que la percepción de un arancel en función del estacionamiento contribuiría a la formación de un fondo que podría ser utilizado en beneficio general de los habitantes de nuestra ciudad.
Por todo lo expuesto los Concejales del Bloque Justicialista- FPV elevan para su tratamiento y posterior aprobación el presente proyecto de:
O R D E N A N ZA
ARTICULO 1: El Concejo Deliberante ordena al DEM para que a través de la Secretaría que corresponda realice las gestiones pertinentes ante las autoridades del Nuevo Central Argentino (NCA) o ante la Agencia de Administración de Bienes del Estado, según corresponda, para obtener el permiso de uso del terreno ubicado en la calle Moreno en la parte interna de la Plaza a la Madre, y que limita al oeste con la estación de servicios PDV Sur, al norte con las vías del ferrocarril y al sur con la plaza a la Madre.
ARTICULO 2: Crease en el terreno mencionado en el artículo 1; un estacionamiento público municipal, que funcionará el Lunes a Viernes desde las 8.00 hs, hasta las 19.00 hs.
ARTICULO 3: Autorizase al DEM a percibir un arancel en concepto del uso del espacio del estacionamiento público municipal. El mismo se fija por medio de la presente ordenanza en $10.00 por hora y por automóvil, $5,00 por cada media hora por automóvil. Quedando toda futura modificación de la tarifa subordinada a la aprobación de este Concejo Deliberante. El DEM reglamentará sobre el funcionamiento y el personal municipal destinado a dicho propósito.
ARTICULO 4: Crease el Fondo Estacionamiento Municipal (FEM), conformado por todo lo recaudado en el concepto descripto en el artículo 3. El FEM será utilizado como único destino para soporte económico de emprendimientos locales relacionados con la música, el arte y la cultura.
ARTÍCULO 5: De forma.
Dado en el Bloque Justicialista del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, a los 27 días del mes de septiembre de 2017.



