Decr. 1412/20 Implementar un Plan Integral de Intervención Territorial en el complejo habitacional FO.NA.VI

Expte. Nº 7.112/20.

VISTO:

La Ley Nacional Nº 24.464, Sistema Federal de la Vivienda,

La Ley Provincial Nº 11.347, Adhesión de la Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional Nº 24.464 y Creación del Fondo Provincial de la Vivienda,

La Ley Provincial Nº 2.756, Ley Orgánica de Municipalidades,

El Decreto Nº 1062/17,

El Decreto Nº 1169/18, y

 

CONSIDERANDO:

Que durante la década del 80, se inauguraba en nuestra ciudad el complejo habitacional popularmente conocido como FO.NA.VI., aludiendo al conocido programa nacional en materia de política de vivienda que le dio origen. El vecindario ubicado en las inmediaciones de las calles Camino del Inmigrante y Alvear, fue acompañando el crecimiento de Villa Gobernador Gálvez, teniendo en la actualidad una densidad poblacional que supera en exceso lo proyectado originalmente.

Que en virtud de la antigüedad del mencionado complejo habitacional y las condiciones que presentan las edificaciones y los espacios públicos del mismo, ha sido necesaria la intervención del Estado en diferentes oportunidades a través de distintos programas y proyectos direccionados a garantizar su mejoramiento y conservación.

Que durante el año 2019 y de forma simultánea a la construcción del conjunto de viviendas emplazado en el mismo barrio, se llevó a cabo un abordaje en el complejo habitacional FO.NA.VI. con distintas obras en los espacios comunes y otras actividades de integración social y urbana orientadas a mejorar la habitabilidad y convivencia en el barrio.

Que en materia de servicios públicos, la zona recibe la atención del área municipal correspondiente de forma periódica, pero en algunos casos, las soluciones permanentes están limitadas por cuestiones relacionadas con la infraestructura urbano-sanitaria del barrio.

Que el impacto de los indicadores sociales y de seguridad pública en la dinámica de relaciones las de convivencia entre vecinos, fundamentan la necesidad de acciones focalizadas en el territorio con impacto urbano y social.

Que para responder de forma óptima a las necesidades del vecindario, se requiere de una intervención coordinada entre los distintos niveles de gobierno, identificando acciones territoriales dirigidas a revitalizar el barrio, promoviendo su integración y reforzando la presencia y actuación del Estado.

Que por la Ley Nº 11.347, la Provincia de Santa Fe adhirió a lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 24.464 que dio origen al Sistema Federal de Vivienda y determina la integración, asignación y control del Fondo Nacional de la Vivienda, creando a su vez el Consejo Nacional de la Vivienda como órgano asesor del Estado nacional, las provincias y los municipios en toda cuestión vinculada a la temática.

Que a partir de dicha adhesión, la provincia ha creado el Fondo Provincial de la Vivienda, compuesto por los recursos indicados y enumerados en el Artículo 13, Inc. a) de la Ley Nacional Nº 24.464, al establecer que “Las provincias que se acogieren a los beneficios de la presente ley, deberán adherir mediante ley Provincial la cual debe contener:

  1. a) La creación de un fondo Provincial, destinado exclusivamente a los fines establecidos en la presente ley. Los recursos de dicho fondo, deberán depositarse en una cuenta especial e integrarse con:
  2. Los recursos del FONAVI que le correspondieran a la jurisdicción según el artículo 5 de la presente ley.
  3. Los recuperos de las inversiones realizadas con fondos FONAVI, sus intereses y recargos.
  4. La financiación obtenida a través de la negociación de la cartera hipotecaria de las viviendas financiadas por el FONAVI.
  5. Otros recursos.”

Que, con relación a los fines del Fondo establecidos en el Art 2 de la Ley Provincial Nº 11.347, resultaría oportuno integrar la aplicación de dichos conceptos a un plan de acción sobre el complejo habitacional FO.NA.VI de nuestra ciudad, a los fines de atender la complejidad de situaciones que allí se verifican y reducir las condiciones de vulnerabilidad social.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.412/2.020

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes ante el Superior Gobierno de la Provincia a los fines de implementar un Plan Integral de Intervención Territorial en el complejo habitacional FO.NA.VI., ubicado en las inmediaciones de las calles Camino del Inmigrante y Alvear de nuestra ciudad, a los fines de promover la integración socio-urbana del barrio.

 

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  23 de julio de  2020

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Decr. 1412-20_07-24-2020-111909

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