Expte. N° 7.376/21
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N°260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional (Emergencia Sanitaria COVID19)
La Resolución Nº 2.883/2020 del Ministerio de Salud de la Nación (Plan Estratégico para la Vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina)
La Ley Provincial N° 2.756 (Ley Orgánica de Municipalidades), y
CONSIDERANDO:
Que el día 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) adjudicó la categoría de pandemia al brote de coronavirus (COVID-19), a partir de que el número de infectados a nivel global llegará a 118.554 y el número de fallecidos a 4281, distribuidos en 110 países.
Que, en virtud de ello, el Presidente Alberto Fernández mediante decreto N°260/2020, fechado el 12 de marzo de 2020, ordenó la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°27.541, y dispuso una serie de medidas para contener la propagación del COVID-19.
Que a lo largo de 2020 se fueron sucediendo un sin fin de medidas destinadas a impedir la difusión del virus y evitar el colapso del sistema sanitario, al tiempo que se aguardaba el desarrollo de vacunas efectivas que pudieran ser distribuidas entre la población en el menor lapso de tiempo posible.
Que a través de la Resolución Nº 2883/2020, publicada el 29 de diciembre de 2020, el Ministerio de Salud de la Nación aprobó el “Plan Estratégico para la Vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina”.
Que en el artículo 2º de la mencionada Resolución se explicita que “el objetivo del Plan es disminuir la morbilidad, mortalidad y el impacto socio-económico causados por la pandemia de COVID-19 en Argentina, a partir de la vacunación de la totalidad de la población objetivo en forma escalonada y progresiva, de acuerdo con la priorización de riesgo y la disponibilidad de dosis de vacunas”
Que en lo atinente a la instrumentación del Plan de Vacunación en el artículo 4° de la Resolución se invita “a todas las jurisdicciones provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a realizar las gestiones que sean necesarias para llevar adelante las acciones de planificación interna, a fin de atender los aspectos relacionados con la logística, distribución, recursos humanos, sistema de información, registro, monitoreo, supervisión y evaluación, como así también las acciones de vigilancia sobre la seguridad de la vacuna, a fin de implementar el Plan Estratégico para la Vacunación contra la COVID-19 de manera eficiente”.
Que la Ley Provincial N° 2.756 (Ley Orgánica de Municipalidades) en el artículo 39 inciso 62 determina entre las atribuciones y deberes de los Concejos Municipales: “La adopción en general, de todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y el bienestar de la población, sea evitando las epidemias, disminuyendo los estragos o previniendo las causas que puedan producirlas…”
Que las personas que se desempeñan como operadores comunitarios en las distintas zonas de nuestra ciudad prestando asistencia, se exponen de modo significativo a contraer el COVID-19 en virtud de sus tareas.
Que, teniendo en cuenta el enorme impacto en la mejora de las condiciones de vida de vastos sectores de la población que conlleva el accionar de los operadores comunitarios, consideramos imprescindible su inclusión en los grupos prioritarios en el marco del Plan de Vacunación que viene instrumentando el gobierno provincial.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN N° 2.201/2021
ART.1º) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, solicita al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a través del Ministerio de Salud provincial, incorporar al Plan Estratégico para la Vacunación contra la COVID-19 a las personas que desempeñan tareas como operadores comunitarios brindando asistencia alimentaria a las vecinas y vecinos que lo necesitan.
ART.2°) Elévese copia de la presente Resolución al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe y a las Cámaras de Diputados y Senadores Provinciales, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la sanción.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de mayo de 2.021.
Descargar PDF: Res. 2201-21
