DECRETO Nº 1819/2023 El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que, a través de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente, se realice una campaña masiva de concientización en todos los barrios de la ciudad, las chatarrerías, gomerías y sobre todo la descacharrización de sus hogares para evitar la proliferación del mosquito vector del Dengue

Expte. N° 8.040/23

VISTO:                    

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.

La Declaración N° 171/2009 Programa “Todos contra el Dengue”.

El Decreto N° 250/2009 “Prevención del Dengue”.

La Ordenanza N° 1709/2007 “Prohibición de agua en los floreros de los cementerios y altares callejeros”.

El Decreto N° 1338/2019 “Campaña de fumigación en todo el distrito de Villa Gobernador Gálvez”.

El Decreto N° 1382/20 “Aumentar la frecuencia en el desmalezamiento, descacharrado, desinfección y fumigación de las áreas más propensas a la proliferación del insecto vector del Dengue”.

El Decreto N° 1804/2022 “Solicitar al DEM realice una campaña masiva de concientización sobre la descacharrización para evitar la proliferación del mosquito transmisor del Dengue”.

Los recientes casos de Aedes Aegypti (Dengue), en zonas aledañas a la ciudad, y

CONSIDERANDO:

Que entre las infecciones virales transmitidas por mosquitos, el Dengue es una de las enfermedades mas importantes y todos los seres humanos estamos expuestos a contraer la enfermedad.

Que aun no existe una vacuna contra el Dengue, y por consiguiente, la lucha contra la proliferación del mosquito es actualmente el único método disponible para combatir el dengue/dengue hemorrágico.

Que, según un informe periodístico ( www.rosario3.com, de fecha 30/03/2023), se cuadruplicaron los casos de Dengue en la ciudad de Rosario y la provincia confirmó el primer fallecido. A su vez, la Ministra de Salud, Sonia Martorano aseguró que el cambio climático hizo que la enfermedad llegara “para quedarse” y pidió redoblar esfuerzos en el descacharrado, y asevero: “Tenemos circulación comunitaria en 18 localidades”, la funcionaria adelantó que actualmente hay 5600 personas con dengue en todo el territorio santafesino.

Que, es importante tomar medidas para evitar la proliferación del mosquito transmisor del Dengue, eliminando todos los criaderos de mosquitos, es decir, de todos los recipientes que contienen agua tanto en el interior de las casas, chatarrerías, gomerías, los clubes de la ciudad, como en sus alrededores.

Que muchos de los recipientes donde el mosquito se cría no son de utilidad (latas, botellas, neumáticos, trozos de plástico y lona, bidones cortados), los mismos deben ser eliminados, si los recipientes no pueden ser eliminados, porque se usan de modo frecuente, debe evitarse el acceso del mosquito a su interior tapándolos o evitando que acumulen agua, dándolos vuelta, vaciándolos o poniendo los mismos al resguardo, bajo techo.

Que es necesario seguir concientizando a la población y brindarles las herramientas más eficaces contra este tipo de epidemias y seguir creándoles el hábito de descacharrización.

Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal, efectuar el control y prevención de la salud de los vecinos/as, y en este caso advertir y educar con respecto a una enfermedad de cuidado como es el Dengue.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.819/2.023

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que, a través de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente, se realice una campaña masiva de concientización en todos los barrios de la ciudad, las chatarrerías, gomerías y sobre todo la descacharrización de sus hogares para evitar la proliferación del mosquito vector del Dengue.

ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda intensifique las tareas de: desmalezamiento, descacharrado, desinfección y fumigación en los espacios públicos y en las áreas más propensas a la proliferación del insecto vector del Dengue, respetando las normas de bioseguridad en el uso de materiales químicos.

ART.3°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de marzo de 2.023.

 “Año del 40° Aniversario de la Restauración Democrática en Argentina”.

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