Expte. N° 8089/23
VISTO:
La Constitución de la Provincia de Santa Fe, art. 19
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
La Resolución Nº 2.236/21, y
CONSIDERANDO:
Que el Centro de salud provincial Nº 11 de Pueblo Nuevo es un importante punto de referencia para la atención primaria de la salud para los vecinos de unos de los barrios más grandes de nuestra ciudad. El mismo se encuentra ubicado en la calle Buenameson 580.
Que el gobierno de la Provincia de Santa Fe el día 30 de diciembre de 2.021, a través del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat, adjudicó las obras para impermeabilizar y rehabilitar la estructura edilicia de dicho lugar, además de incorporar la ventilación cruzada, y ejecutar trabajos en la fachada y la iluminación.
Que en tal sentido la provincia informaba a través de sus canales oficiales de comunicación que la obra incluía además una renovación de la imagen en fachada en las circulaciones públicas y en los consultorios. También se renovarían los sanitarios para el personal y consultorios médicos, además de hacer un baño familiar adaptado para personas con movilidad reducida.
Que la intervención del efector comenzó el día 22 de febrero del 2.022, teniendo su fecha oficial de culminación para el día 2 de septiembre del 2.022. Sin embargo en dicho intervalo hubo una neutralización por parte de la Provincia de Santa Fe, y luego se llevó adelante una reunión de negociación de los plazos y condiciones entre esta última y la empresa adjudicataria de la obra en cuestión.
Que, en consecuencia, al día de la fecha y desde febrero del año 2.022 se encuentra cerrado el centro de salud Nº 11, ocasionando que los vecinos y vecinas del barrio deban trasladarse a mayores distancia para la obtención de atención primaria de salud, la cual de acuerdo a los parámetros establecidos siempre debe practicarse en cercanía.
Que por otro lugar, cabe mencionar que este Concejo mediante la resolución Nº 2.236 en octubre del año 2.021 le solicitó al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe una serie de acciones y medidas en vista de incrementar las prestaciones del centro de salud.
Que de acuerdo a todo lo mencionado resulta conveniente solicitarle al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe la pronta culminación de las obras del Centro de Salud del Barrio de Pueblo Nuevo, así como un informe respecto al estado actual.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN Nº 2.348/2023
ART.1º) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe solicitando la pronta culminación de las obras y un informe respecto al estado actual de las mismas del Centro de Salud provincial Nº 11 de Pueblo Nuevo.
ART.2°) Elévese copia de la presente Resolución al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe dentro de los 5 días hábiles siguientes a la sanción.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de mayo de 2023.

