Expte. N° 8.209/23VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.El reclamo de los vecinos, yCONSIDERANDO:Que diariamente los vecinos nos acercan sus reclamos con respecto a la prestación de los servicios públicos básicos. Que en esta época de sequía es de mayor necesidad el paso del camión regador varias veces al día por las distintas calles de tierra de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez. Que en este sentido son los vecinos de los distintos barrios que reclaman el paso del camión regador, sobre todo en determinadas arterias que quedan excluidas de los recorridos. Que en esta oportunidad quienes viven en calle Victoria entre Alem y Comandante Espora son quienes manifiestan que pase con más frecuencia el regador. Que es obligación del Municipio garantizar las necesidades urbano-sociales básicas que son prioridad por parte de los vecinos. Que sería importante tener un diagrama de recorrido habitual y fijo por las distintas arterias que todavía no cuentan con el beneficio del pavimento. Que si ya existiese dicho diagrama sería importante que sea comunicado a los vecinos y vecinas de la ciudad. Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:DECRETO Nº 1.916/2.023ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a garantizar en forma periódica y constante la circulación del camión regador en el Barrio “La Paloma” así como también en aquellas arterias de la ciudad que no cuentan con el beneficio del pavimento.ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de octubre de 2.023.

