Expte. Nº 8.856/25
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756;
El pedido de los vecinos del Barrio Puente Negro; y
CONSIDERANDO:
Que en el barrio Puente Negro los vecinos del pasillo que se encuentra en Caseros 115 no cuentan
con agua potable accesible.
Que asimismo los vecinos tampoco cuentan con ningún tanque de agua comunitario para proveer
agua potable a los vecinos del barrio.
Que los vecinos del barrio al no contar con agua potable accesible deben ir a buscar agua potable
a otra zona
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.166/2.025
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
Secretaría que corresponda, realice un estudio de factibilidad para la instalacion de una estructura y un
tanque de agua en la zona de Caseros 115 en el barrio Puente Negro. En caso que el mismo tenga un
resultado positivo se deberá instalar dicho tanque de agua con su correspondiente estructura.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de julio de 2.025.
AUTORA: DANIELA BERMUDEZ.

