ORDENANZA N° 3178/2025 – aporte no reintegrable FOM asignados para el año 2025 (Ley 12.385)

Expte. Nº 8.927/25

VISTO:
La Ley Provincial N° 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario; y

CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias
planteadas por la normativa en vigencia, correspondiéndole la distribución para el año 2025 del
Fondo de Obras Menores y Equipamientos,
Que en razón de la totalidad de los servicios que presta el municipio a los contribuyentes
son ejecutados por administración municipal, resulta necesario ampliar y renovar el
equipamiento y los rodados para tales fines, como también resulta necesario mejorar el
alumbrado público en distintos sectores de la ciudad con la incorporación luces led y obras que
contribuyan a la mejora y saneamiento en distintas calles de nuestra ciudad,
Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una
partida de $ 1.521.982.743,09.- ( pesos mil quinientos veinte un millones novecientos ochenta y
dos mil setecientos cuarenta y tres con 09/100) para la adquisición de 2.000 luminarias del tipo
LED para alumbrado público, vibro compactador de 14 Ton. nuevo Okm ,300 contenedores para
residuos domiciliarios, 1 camión para la recolección de residuos de 21 m3 nuevo 0 km, 1 rodillo
liso autopropulsado con doble tambor vibrador de 3 Ton. Nuevo Okm, 2 pick up doble cabina
full modelos 2×4 nuevas 0km, un vehículo para transporte de personas con 12 plazas nuevo 0km
sin uso, una obra de cordón cuneta y entubamiento de zanjas en 25 cuadras lineales ambas
manos,
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA  Nº 3.178/2.025

ART.1°) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley
12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa
Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año
2.025 y que serán destinados para la adquisición de 2.000 luminarias del tipo LED para
alumbrado público, vibro compactador de 14 Ton. nuevo Okm ,300 contenedores para residuos
domiciliarios, 1 camión para la recolección de residuos de 21 m3 nuevo 0 km, 1 rodillo liso
autopropulsado con doble tambor vibrador de 3 Ton. nuevo Okm, 2 pick up doble cabina full
modelos 2×4 nuevas Okm, un vehículo para transporte de personas con 12 plazas nuevo Okm sin
uso, una obra de cordón cuneta y entubamiento de zanjas en 25 cuadras lineales ambas manos.

ART.2°) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 1.521.982.743,09.- ( pesos
mil quinientos veinte un millones novecientos ochenta y dos mil setecientos cuarenta y tres con
09/100) para el financiamiento de la presente Ordenanza.

ART.3°) Autorízase al Intendente Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias para
dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de agosto de 2.025.

AUTOR: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL.

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