Derogada por Ord. 1961/11
VISTO:
El pedido del Departamento Ejecutivo para que se apruebe el radio de Jurisdicción asignado a la Asociación Vecinal 21 de Septiembre, de conformidad a lo establecido en el art. 3º) de la Ordenanza 77/84 , y
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido cuenta con despacho favorable de la Comisión de Gobierno y Educación, y dictamen de Asesoría Letrada,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ, en uso de sus atribuciones, sanciona el siguiente:
DECRETO Nº 023/85
ARt.1º) Concédese autorización al radio de jurisdicción asignado a la Asociación Vecinal 21 de Septiembre mediante decreto Municipal Nº 829/85.
ART.2º) Que el radio de jurisdicción que se le asigna a la vecinal es el siguiente: al Norte: Calle M. Estrada desde E. Zolá hasta Saavedram, continuando en línea quebrada por ésta hsta José Ingenieros y por ésta hasta Victoria, al Este: Por Victoria desde José Ingenieros hasta Av. Leandro N. Alem, por ésta hasta 12 de Octubre y por esta última hasta Paraguay, al Sur: por Paraguay desde 12 de Octubre hasta Av. San Martín y al Oeste: Por Av. San Martín desde Paraguay hasta E. Zolá, y desde éste hasta M. Estrada, cerrando el perímetro.
ART.3º) Comuníquese, Regístrese, Archívese.
Dado en Sala de Sesiones a los 12 días de Julio de 1985.
Nota: derogado por Ordenanza 1961/11