Decr. 034/86 Acepta uso provisorio Ambulancia para el Gamen

VISTO:

La  necesidad de la comunidad en ser dotada de una  unidad automotor destinada al uso del Servicio de Ambulancia  con destino al Hospital Anselmo Gámen, y

 

CONSIDERANDO:

Que  por  hallarse en reparación la  Unidad  Asignada  con cargo a dicho Establecimiento Asistencial, en la Ciudad de Santa  Fe, se ha ofrecido en forma provisoria para su  uso una  Ambulancia por parte de la Agrupación 17 de  Octubre, atendiendo a las necesidades de urgencias asistencial  por el  cual  la  misma está destinada a  servir.  El  Concejo Deliberante de la Ciudad de Villa G. Gálvez en uso de  sus atribuciones conferidas sanciona el siguiente:

 

DECRETO  Nº 034/86

 

ART.1º) Acéptase para su uso y en forma provisoria la  Ambulancia cedida  por  la Asociación Agrupación 17  de  Octubre  con afectación  para  su uso espécifico  al  Hospital  Anselmo Gámen.

 

ART.2º) La   mencionada  afectación  expresada  en  el   artículo anterior  se mantendrá en tanto y en cuanto la  ambulancia que  originariamente estaba afectada al Hospital de  referencia se halle en reparación y hasta en su  incorporación al servicio efectivo.

 

ART.3º) El Hospital Anselmo Gámen tendrá a su cargo la  provisión del  personal  de chofer y acompañante (dotación)  el  que deberá  estar  habilitado a los fines  de  la  circulación conforme lo marca la ley ritual.

 

ART.4º) Los gastos de mantenimiento y funcionamiento del  Automotor  cedido  en  uso serán asumidos  íntegramente  por  la Municipalidad de Villa G. Gálvez.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 26 de Marzo de 1986.

 

print
Scroll al inicio