VISTO Y CONSIDERANDO:
El expediente 5618/87 donde se solicita la colocación de una propaladora en la ciudad pra dar informaciones generales de la ciudad considerando un bien social, se sanciona el siguiente:
DECRETO Nº 051/87
ART.1º) Se autoriza al uso precario de una propaladora por el término de 3 (TRES) años siendo exclusivo uso del solicitante no pudiendo ceder, alquilar o prestar.
ART.2º) El Horario será de
ART.3º) Sin cargo alguno se propalará las informaciones municipales como las del Concejo Deliberante.
ART.4º) Pagará los impuestos que corresponda.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 21 de Mayo de 1987.