VISTO:
El Decreto 2213/89 del Departamento Ejecutivo y que observa el artículo 2º de
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Deliberante dentro de sus facilidades que le confiere el art. 39º inc. 12 de
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
DECRETO Nº 082/89
ART.1º) Sustitúyese el artículo 2º de
“A los fines establecidos en el art. 1º el Concejo Deliberante ratifica el proyecto de preconvenio a celebrar entre este municipio y el de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 31 de Octubre de 1989.