VISTO:
El expediente 7969/89 sobre condonación para el pago de
El informe del Area de Promoción Comunitaria donde consideran viable otorgar un plan de pago acorde con los ingresos del peticionante, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario otorgar un especial plan de poago en cuotas como lo aconseje
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
DECRETO Nº 086/90
ART.1º) Otórgase al Señor SILIO, RAMON, un Plan de pago-cuotas especial, por
ART.2º) Exímase del Plan de pago antes mencionado, de los intereses resarcitorios previstos en el Código Unificado Tributario Ley 8173 y Ordenanzas pertinentes.
ART.3º) Fíjase como plazo para el acogimiento a los beneficios del presente el término de 10 días hábiles de la fehaciente comunicación al beneficiario.
ART.4º) La mora en el pago de alguna de las cuotas, será actualizada en base a lo prescripto por disposiciones legales vigentes respecto al tributo convenido.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 10 de Mayo de 1990.