VISTO:

El decreto 2891/90 del Departamento Ejecutivo donde observa totalmente la Ordenanza 624/90 de cambio de destino del inmueble ubicado en Chubut y Pavón; sección 13, manzana 4, lote 14, y

 

CONSIDERANDO:

Que  dentro  de  las facultades  del  Concejo  Deliberante establecidas en la ley 2756, art. 39, inc. 12 por unanimidad se observa el veto en consideración a que el fundamento  establecido  por  el Departamento  Ejecutivo  ha  sido soslayado con el informe que se adjunta en el sentido  que la empresa donante de dicho inmueble presta conformidad al cambio de destino.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

 

 

DECRETO  Nº 088/90

 

 

ART.1º) Recházase el veto de la Ordenanza 624/90 remitido por  el Departamento Ejecutivo en el decreto 2891/90.

 

ART.2º) Manténgase  en  vigencia la Ordenanza 624/90 ,  hasta  que existan  motivos de superior interés que hagan  procedente su derogación.

 

ART.3º) Téngase  presente  la nota remitida por  el  Departamento Ejecutivo con fecha 28 de Junio de 1990 a los efectos  del artículo 2º del presente decreto.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 28 de Junio de 1990.

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