Decr. 090/90 Aprueba decreto sobre póliza de seguros

VISTO:

La  necesidad  del resguardo de la  seguridad  del  Parque Automotor y el Seguro Técnico del municipio en lo que hace a  los riesgos, personas y bienes se hace  imprescindibles cubrir dicha situación jurídica, y

 

CONSIDERANDO:

La  propuesta  formulada  por  el  Departamento  Ejecutivo resulta procedente en la prórroga de 60 días a partir  del 22 de Julio del corriente en consideración que a la  fecha se  encuentra  cubierta los riesgos  de  referencia  según póliza que el municipio acompaña.

Además se hace verisimil el decreto 3018/90 en  consideración de que el decreto 3023/90 ha procedido al llamamiento de licitación pública por un año a partir del  vencimiento de la prórroga que se establece en el decreto 3018/90,  el cual es de carácter temporal.

Además  dentro  de las facultades de la  Ley  Orgánica  de municipalidades en su art. 39 inc. 23 dice que los contratos  ad referéndum que efectúe el  Departamento  Ejecutivo deben ser aprobados por el Concejo Deliberante.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

 

DECRETO  Nº 090/90

 

ART.1º) Apruébase  el decreto 3018/90 el cual dice:  Procédase  a prorrogar  el  vencimiento  de las pólizas  de  seguro  Nº 434553,  434554 y 434555, contratadas con la  Compañía  de seguros “La Comercial de Rosario Cia. Argentina de Seguros S.A.”, sobre el Parque Automotor Municipal, por el término de 60 días a partir del día 22 de Julio de 1990.

 

ART.2º) Procédase  a  prorrogar el vencimiento de  la  póliza  de seguro Nº 213010, contratada con la compañía de seguro “La Comercial  de  Rosario Cía. Argentina  de  Seguros  S.A.”, sobre  seguro Técnico, por el término de 60 días a  partir del día 22 de Julio de 1990.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 31 de Agosto de 1990.

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