VISTO:

El requerimiento formulado por el Sr. Juan Carlos  Musumelle, el cual peticiona el mantenimiento de la vigencia  de la chapa patente tzxímetro RI 0016 por el cambio realizado de su unidad, de un vehiculo Dodge 1500 modelo 1977 por un Peugeot 404 modelo 1975 gasolero.

Estos hechos originan el expediente administrativo  número 8864/90,  en el cual consta una nota, de no dar  curso  al pedido  de referencia, en consideración “que el cambio  de modeolo es inferior al anterior”.

Analizada  esta decisión por el Consejo Deliberante  (ante requerimiento del Sr. Musumelle).

En  sesión  el día 13 de Septiembre del corriente  mes  se llegó a la conclusión que la solicitud de referencia  está amparada  por  el Ordenanza 205/86 artículo 1º,  inc.  3º, recomendándose  al Departamento Ejecutivo,  mediante  nota del  19 de Septiembre del corriente, la aplicación  de  la citada ordenanza; y

 

CONSIDERANDO:

Que se remite una reiterativa con fecha 25-9-90 en la cual existen  argumentos,  que  reconocen la  LEGALIDAD  DE  LA MEDIDA tomada por el Consejo Deliberate.

Con lo cuál la aplicabilidad dela norma establecida en  la Ordenanza de referencia, debe tener prioridad a  cualquier criterio  intepretativo y máximo, si dicho análisis  tiene consecuencias cercenatorias de derechos adquiridos.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

 

DECRETO  Nº 091/90

 

ART.1º) Facúltese  al Señor Juan Carlos Musumelle,  al  fumcionamiento  como unidad taxímetro al automóvil Peugeot  modelo 1975,  chapa  patente 345.778, licencia RI 0016  hasta  el  31-12-90.

 

ART.2º) A los efectos del cumpliminto del artículo 1º del presente Decreto se le otorga los alcances del artículo 1º, inc. 3 de la Ordenanza 205/86 .

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Concejo Deliberante, 27 de setiembre de 1990.-

print