Decr. 097/91 Condona deuda Terreno Cementerio al Centro de Jubilados

VISTO:

La petición realizada por el Centro de Jubilados y Pensionados de Villa Gobernador Gálvez, y

 

CONSIDERANDO:

Que la solicitud del Centro de referencia es para  solicitar la eximición de un gravámen que pesa sobre el  terreno que poseen en el Cementerio local destinado a la construcción de un panteón Social, si consideramos dicha  institución tiene exoneración en el pago del Servicio Público.

Por  ésta única vez se eximirá el pago de dicha Tasa,  sin que  la misma sirva como antecedentes para futuras  eximiciones de otras Instituciones.

Por todo ello el Concejo Deliberante, en uso de sus  atribuciones, sanciona la siguiente:

 

 

DECRETO  Nº 097/91

 

 

ART.1º) Condónese la deuda contraída por el Centro de Jubilados y Pensionados  de  Villa  Gdor. Gálvez, que  pesa  sobre  el terreno ubicado en el Cementerio local, destinado para  la construcción de un panteón.

 

ART.2º) La referida condonación de deuda tiene efecto retroactivo desde  su  adquisición del terreno hasta  la  sanción  del presente Decreto.

 

ART.3º) Comuníquese, Regístrese, Archívese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, Mayo 30 de 1991.

print
Scroll al inicio