Decr. 1011/17 Se dé cumplimiento a la Ordenanza Nº 2030/12 y se estudie la factibilidad de extender el sentido de mano única en calle Dorrego

Expte. Nº 6.225/17.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades N°2756

La Ordenanza Nº 2030/2012 que define el sentido único (orientación Oeste- Este) de calle Dorrego entre Av. Gral. Juan Domingo Perón e Intendente Andreu.

El Decreto Nº 450/2013.

El Decreto Nº 592/2014.

El constante reclamo de los vecinos y;

CONSIDERANDO:
Que en Mayo del  2012 este Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la Ordenanza Nº 2030/12 que establece que la calle Dorrego, entre Av. General Juan Domingo Perón e Int. Andréu, tendrá un sentido único de circulación que irá de oeste a este.

Que el reclamo de los vecinos que viven por calle Dorrego es que dicha Ordenanza nunca se cumplió.
Que se sugiere al municipio que este tramo se extienda y que su sentido de circulación sea de oeste a este en la altura del 500 al  100 de dicha calle. Que es imposible transitar debido a que la calle Dorrego es muy angosta de principio a fin.

Que se corren riesgos continuos por los constantes accidentes que ocurren en calle Dorrego.

Que es necesario que se cumpla con la Ordenanza N°2030/12.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.011/2017

 

ART 1º) Ordénese al Departamento Ejecutivo Municipal dé cumplimiento a la Ordenanza Nº 2030/2012, en el plazo de 10 días promulgado el presente.

ART 2º) El Concejo Deliberante le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, que estudie la factibilidad de extender el circuito de mano única en calle Dorrego desde la altura del 500 al 100.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  3 de agosto de 2017   

   

 

 

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