Decr. 1033/17 Limpieza de zanja y control sobre desechos cloacales en la vereda impar de calle Cafferata entre Av. Soldado Aguirre y Bordabehere

Expte. Nº 6.262/17.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756

La Ley Provincial de Medio Ambiente Nº 11.717 y sus Decretos Reglamentarios Nº 0101/03 de Impacto Ambiental y Nº 1.844/02 de Residuos Peligrosos.

El Código Municipal de Faltas, Ordenanza Nº 490/89.

La Ordenanza Nº 1.686/2006.

La Ordenanza Nº 1.830/2009.

El Decreto Nº 590/14.

La Minuta de Comunicación N° 2109/2016

El constante reclamo de los vecinos de calle Cafferata entre Av. Soldado Aguirre y Bordabehere, y

CONSIDERANDO:

Que los vecinos de la zona de calle Cafferata, entre Av. Soldado Aguirre y Bordabehere, vienen reclamando hace tiempo la condición de la zanja de la vereda impar, tapada  por gran cantidad de basura.

Que a este problema de la basura, se le suma la gran preocupación de que vecinos denuncian que un particular de la cuadra arroja a la zanja desechos cloacales, tornándose insoportable el olor nauseabundo y provocando un gran foco infeccioso para los vecinos y niños que viven en el lugar.

Que en los últimos días de  humedad, el olor es más pronunciado, y los vecinos no pueden ni siquiera abrir las ventanas de sus domicilios.

Que es deber del Municipio de Villa Gobernador Gálvez, poder encontrarles una solución  a los vecinos de calle Cafferata  entre Av. Soldado Aguirre y Bordabehere, y sancionar al vecino que tira los desechos  cloacales a la zanja.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.033/2017

 

ART.1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, la limpieza  y el correspondiente control al  vecino responsable que arroja los desechos cloacales a la zanja de la vereda  impar de calle Cafferata entre  Av. Soldado Aguirre y Bordabehere en el término de 15 días.

 

ART.2º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que gestione los controles necesarios por medio de la Oficina de Medio Ambiente y eleve un informe de lo actuado a éste Concejo en el plazo de 15 días hábiles.

 

ART.3º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  07 de Septiembre  de 2017      .

 

 

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