Expte. Nº 6.301/17.
Visto:
Ley N° 2.756 artículo 39;
Reclamos de Vecinos y.
Considerando:
Que el barrio que comprende el loteo social “mi tierra mi casa”, no cuenta con el servicio de alumbrado público en la calle de ingreso.
Que los aproximadamente 200 metros del ingreso al barrio se encuentran totalmente a oscuras.
Que al no poseer la luminaria correspondiente el barrio parece olvidado y en estado de abandono.
Que la colocación de la luminaria en la calle además de brindar una mejor calidad de vida a los vecinos de la zona, funciona como medida preventiva de posibles accidentes de tránsito y actos de inseguridad.
Que es deber del municipio el cuidado, la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.053/2017
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a gestionar ante la Cooperativa Integral Limitada, la colocación y emplazamiento de luminarias en la calle de ingreso al barrio que comprende el loteo social “Mi tierra, Mi casa”, ubicado en la zona catastral N°13.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de Septiembre de 2017 .