Expte. Nº 6.306/17.
VISTO
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
El pedido de los vecinos, y
CONSIDERANDO
Que el gas natural es una energía considerada como la más amigable con el medio ambiente
Que al instalar gas natural en el hogar comienzan una serie de beneficios que ayudan a mejorar la calidad de vida de las personas
Que el servicio de gas natural es de forma continua por lo que el vecino no se va a preocupar por cambiar garrafas, que a raíz de los costos elevados de las mismas se convirtieron en un bien onerosamente casi inalcanzable para los bolsillos de los habitantes.
Que el gas natural es más ligero que el aire, por lo que no se acumula y se dispersa en el ambiente y siguiendo las reglamentaciones de ventilación es altamente más seguro que el gas envasado, preservando la integridad física de los integrantes de la familia
Que es necesario preparar y sostener un plan de obras de gas natural para una importante porción de nuestra ciudad que carece de este servicio, asegurando la constante dinámica de obras de tendido de la red
Que en la sección catastral 12 el pedido de los vecinos se centra específicamente en calle García González a la altura de 2100, tomándola de referencia para después poder llegar a distintos sectores aledaños que aún no cuentan con el servicio mencionado.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
DECRETO Nº 1.054/2017
ART. 1°) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice las gestiones pertinentes ante Litoral Gas SA para la ejecución del tendido de la red de gas natural en la sección catastral N° 12 en la calle García González al 2100 ambas veredas. Asimismo que incorpore en el plan de trabajo a la zona aledaña a la calle mencionada que aún no cuenten con el servicio de gas más arriba detallado.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de octubre de 2017
