Decr. 1114/18 Donación la suma de Pesos Setecientos Noventa y Cuatro Mil ($794.000.-) a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez

Expte. Nº 6.446/18.

VISTO:

El contrato de donación elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal Ad Referéndum del Concejo Deliberante.

La Ordenanza N° 2.448/17 modificada por Ordenanza N°2.456/17.

La Ley 2756 Art. 39° Inc. (y Art. 41° Inc. 25, y

 

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo Municipal eleva Ad Referéndum del Concejo Deliberante, contrato de donación con cargo a favor de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, siendo donante la Empresa Frigorífico Paladini S.A.

Que dicho contrato tiene vinculación directa con la declaración de utilidad publica realizada por este Cuerpo, a través de la Ordenanza N° 2.448/17, modificada por Ordenanza N° 2.456/17, respecto del proyecto de pavimentación de calle Ecuador y a los fines de posibilitar su ejecución.

Que Frigorífico Paladini S.A., en su carácter de donante, dona en forma gratuita la suma de Pesos Setecientos Noventa y Cuatro Mil ($794.000.-), suma que se depositará en la cuenta del Banco de Santa Fe N° 074-2/00 perteneciente al donatario, Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, con el cargo de utilizar dicha suma de pesos con a finalidad de liberar la traza de la calle Ecuador de nuestra ciudad.

Que la Ley 2756 Art. 39° inc. 8 establece: “aceptar o rechazar donaciones o legados que se hicieran al municipio”

Que por tal motivo todas las donaciones deben ser aprobadas o rechazadas por el Concejo Deliberante.

Que este Cuerpo considera viable la donación anteriormente detallada.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.114/2018

 

ART.1º)  Apruébese el contrato de donación elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal Ad Referéndum del Concejo Deliberante, por el cual se acepta en carácter de donación la suma de Pesos Setecientos Noventa y Cuatro Mil ($794.000.-) con cargo para la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez de utilizar dicha suma de pesos, con la finalidad de liberar la traza de calle Ecuador de esta ciudad, según lo  estipulado en el mencionado contrato de donación, obrante en copia con firmas originales en el Expte. N° 6.446/18 del Concejo Deliberante.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de mayo de 2018.

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