Decr. 1125/18 Mantenimiento, reparación y señalización de todos los reductores de velocidad instalados en la ciudad.

Expte. Nº 6.462/18.

VISTO:

La Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.

La Ley de Seguridad Vial Nº 26.363.

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

El Decreto Nº 962/2017

El reclamo de vecinos, y;

 

CONSIDERANDO:

Que a lo largo y a lo ancho de nuestra ciudad se encuentran instalados una gran cantidad de reductores de velocidad o las comúnmente denominadas lomas de burro, que en su mayoría cuenta con la falta de mantenimiento y señalización correspondientes.

Que la colocación de reductores de velocidad debe funcionar como medida de prevención para evitar potenciales accidentes que pudieran ocasionarse debido a la alta velocidad de los vehículos que circulan sobre las arterias.

Que es de suma necesidad que dichos reductores estén señalizados con carteles y pintados del color correspondiente, con pintura refractaria visible en horarios nocturnos.

Que la Municipalidad será responsable de los reclamos legales que las víctimas de accidentes de tránsitos, causados por el mal estado y la falta de señalización de los reductores de velocidad, realicen.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.125/2018

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos realice las obras de mantenimiento, reparación y señalización de todos los reductores de velocidad instalados en la ciudad.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de mayo de 2018

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1125-18 expte.6462-18 Mantenimiento reductores ciudad

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