Expte.  Nº 6.481/18.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.

El reclamo de los vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que en calle Grandoli al 800; entre las calles Santiago del Estero y Maipú, sobre la vereda par, aproximadamente a la altura catastral 844 / 850, observamos la presencia de un terreno baldío con abundante vegetación y de un micro basural resultante del constante arrojo indiscriminado de residuos domiciliarios y otros productos.

Que esto causa una contaminación que afecta a los vecinos del lugar. Además de basura hay presencia de roedores y perros que destruyen las bolsas de basuras, agravando la situación.

Que como consecuencia esto podría traer distintas enfermedades.

Que es deber del estado ejecutar políticas activas para proteger el medio ambiente y la salud de los habitantes.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.140/2018

 

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos proceda a realizar:

  1. La individualización del terreno y de su correspondiente propietario: ubicado en el sector catastral N° 2, en la calle Grandoli, vereda par, aproximadamente a la altura 844/50; entre las calles Santiago del Estero y Maipú, para que se emplace al titular a efectuar el desmalezamiento del mismo.
  2. La limpieza del micro basural existente en la vereda del terreno mencionado.
  3. La señalización de “prohibido arrojar residuos” con el N° de Ordenanza correspondiente.

 

ART.2°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de mayo de 2018

Descargar doc:

1140-18 expte.6481-18 limpieza terreno y micro basural en calle Grandoli al 800

print