VISTO:
Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que los vecinos domiciliados en la zona de Av. Nuestra Señora de la Paz, entre calle Gral. Lavalle y Av. Argentina han transmitido su preocupación sobre la alta velocidad a la que circulan los autos y motos por la mencionada arteria, provocando que los transeúntes queden expuestos a accidentes al circular por la zona.
Que en la zona afectada existen varios establecimientos públicos y privados de gran convocatoria, tales como escuelas, clubes e iglesias, que obligan al tránsito vehicular y peatonal frecuente de gran parte de la comunidad barrial.
Que, durante los fines de semana, es habitual que jóvenes y adolescentes utilicen la arteria para correr carreras clandestinas en moto y realizar maniobras peligrosas, generando además ruidos molestos, resultando necesario implementar una medida para desalentar ésta práctica que pone en riesgo a terceros y a los mismos motociclistas, devolviéndole la tranquilidad a los vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.188/2018
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, se instale un lomo de burro en Av. Nuestra Señora de la Paz, entre calle Gral. Lavalle y Av. Argentina, zona catastral N° 1.
ART.2°) El Departamento Ejecutivo Municipal, por medio de la Secretaría que corresponda, llevará a cabo controles de tránsito periódicos en la zona mencionada en el Art. 1°.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 06 de septiembre de 2018.
Descargar doc:
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