Expte. Nº 6.752/19.
VISTO:
La Ley Nacional N° 24.449
La Ley de Seguridad Vial N° 26.363
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
El reclamo y preocupación de los vecinos de distintos sectores de nuestra ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que por reclamos de los vecinos de distintas calles de nuestra ciudad: Soldado Aguirre entre Sarmiento e Iriondo, Santiago del Estero y Alvear, Temporelli y San Lorenzo, Corrientes y San juan, 12 de Octubre y libertad, Alvear y José ingenieros, Libertad y San Martín, Fornieles y Alvear que son calles muy transitadas.
Que a su vez muchos niños y adultos transitan las calles detalladas anteriormente para realizar sus actividades diarias, exponiéndose a automovilistas y motociclistas que transitan a gran velocidad poniendo en peligro a todos los vecinos.
Que en estos últimos días se han visualizado diversos accidentes de tránsito menores por la imprudencia de algunos conductores.
Que es deber del Municipio garantizar la seguridad vial de los ciudadanos.
Que sería conveniente la instalación de Lomas de Burro o Reductores de Velocidad, en dichas calles y sus respectivas señalizaciones.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.247/2019
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría de Obras Públicas, estudie la factibilidad de colocación reductores de velocidad en las calles Soldado Aguirre entre Sarmiento e Iriondo, Santiago del Estero y Alvear, Temporelli y San Lorenzo, Corrientes y San Juan, 12 de Octubre y libertad, Alvear y José ingenieros, Libertad y San Martín, Fornieles y Alvear, además de su correspondiente señalización.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11 de abril de 2019.
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1247-19 expte.6752-19 Reductores velocidad calles ciudad