Decr. 1251/19 Construcción de las veredas en la Escuela N°1.266 Juana Azurduy.
Expte. Nº 6.761/19.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
Los Decretos N° 524/13 y 1.172/18,
El reclamo de los vecinos del Barrio Resistencia, Sección Catastral N° 15, y
CONSIDERANDO:
Que el Barrio Resistencia, ubicado en la Sección Catastral N° 15, requiere un plan de mejoras, pues sus calles se encuentran visiblemente deterioradas y los días de lluvia es muy dificultoso salir o ingresar al barrio.
Que los vecinos aducen que las calles se encuentran en estado de intransitabilidad, particularmente en el Pasaje C, donde entran y salen los alumnos de, Prescolar 1°, 2° y 3° grado de la Escuela N° 1.266, Juana Azurduy. Por dicha situación los días de lluvia, los alumnos no asisten a clases, pues se acumula barro en las calles y en las veredas de la escuela, no permitiendo el libre acceso a la misma.
Que a su vez esta zona padece la escasez de agua potable, por lo cual los vecinos recurren a la solidaridad para acudir entre varias familias a la cuba de agua.
Que la problemática del alumbrado público es una falta grave en el barrio, debido a que los días de invierno oscurece muy temprano y los vecinos que vuelven de trabajar a sus hogares o salen a realizar mandados, corren riesgo de inseguridad como en muchas veces ya les ha pasado con casos de arrebatos y robos de distinto tipos.
Que es deber del municipio cumplir con las normas de higiene y seguridad para nuestros vecinos, y mantener nuestros espacios públicos en óptimas condiciones.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.251/2.019
ART.1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las acciones necesarias par la construcción de las veredas en la Escuela N°1.266 Juana Azurduy.
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, se realicen los trabajos de nivelado y estabilizado de la Sección Catastral N° 15, en un plazo de15 días.
ART.3°) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que gestione ante la Cooperativa Integral Ltda. la colocación de luminarias en la vía pública de la Sección Catastral N° 15.
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ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de mayo de 2.019.
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