Expte. Nº 1277/96.
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que las tareas de compatibilización de nuestros sistemas de informatización con los de la Cooperativa Integral Ltda. implican un sin número de registros de datos y de controles que imposibilitan la correcta aplicación de las Ordenanzas Nº 1.201/96 y 1.206/96 , en el tiempo y forma oportunamente dispuestos.
Que idéntico inconveniente se suscita con respecto a la aplicación de la Ordenanza Nº 1.200/96 , debido a que es necesario implementar un nuevo sistema informático para percibir el nuevo adicional por baldío.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 135/96
ART.1º) Suspéndase la vigencia de las Ordenanzas 1.200/96 , 1.201/96 y 1.206/96 , por el término máximo de ciento veinte días.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Noviembre 28, 1996.