Decr. 1395/20 Informe detallado de cronograma de recolección de restos verdes

Expte. Nº 7.086/20

VISTO:

La Ley 2756 Orgánica de Municipios de la Provincia de Santa Fe y el ordenamiento jurídico vigente, y

 

CONSIDERANDO:

Que durante los meses de otoño e invierno son los indicados para realizar poda en árboles, ya que en esta época se produce un descenso en el metabolismo de las plantas, y con ello el impacto de cortar parte de su estructura leñosa es menor.

Que la Ordenanza N° 2.680/2.020 en su artículo 1º determinó “…Adhiérase en todos sus términos a la ley provincial del Árbol, Nº 13.836, en vista de promover, proteger y conservar el arbolado del distrito de Villa  Gobernador Gálvez…

Que la referida Ley, conocida como Ley del Árbol ordena en su artículo 70 la elaboración de un “...Plan de Gestión Integral del Arbolado Público…” y “… Asimismo, las Municipalidades y Comunas presentarán en el primer trimestre de cada año, una evaluación de las actividades proyectadas y las efectivamente ejecutadas, junto a la guía de acciones que detalle las tareas de plantaciones, poda y

extracciones previstas para el año en curso…”

Que, por su parte el artículo 9º, al referir especialmente a la poda reza “... Poda, extracciones de

especies y destino del producido. Las Municipalidades y Comunas tienen a su cargo la poda y extracción de especies en su jurisdicción, y son responsables del destino de su producido, propendiendo a su reutilización sustentable

Que, según publicaciones formuladas en la página oficial del Municipio el esquema de recolección de residuos domiciliarios se ha visto modificado no indicando oficialmente el esquema de la recolección de los restos verdes (https://vggmunicipalidad.gov.ar/noticia/2139/esquema-de recoleccion-de-residuos-durante-la-extension-del aislamiento-social-preventivo-v-obligatorio).

Que se hace necesario e imperioso determinar fehacientemente los esquemas de recolección, máxime, si tomamos en consideración la época del año en la que, como ya se ha referido al comiendo del presente, es la propicia para realizar las podas y escamondas.

Que, como se entenderá, la acumulación de esta clase de residuos (y de cualquier otros) en la vía pública acarrea inconvenientes de variada índole, sea por la obstrucción de canales, alcantarillas, desagües pluviales, etc.; o riesgos sanitarios.

Que, es por ello que se torna de vital importancia publicitar el esquema de recolección de residuos verdes a fin de que la comunidad preste su colaboración en el cuidado de la higiene de la ciudad.

Que, dada la facultad de controlar, según la Ley Orgánica aludida, este Cuerpo Colegiado debe estar al tanto de las acciones llevadas adelante por el Municipio, para su estudio y, de corresponder, aprobación.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.395/2.020

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que remita informe detallado de:

1) Cronograma de recolección de restos verdes, precisando días, horarios y zonas; al cual deberá dársele debida publicación a la población en general.

2) Detalle del destino final de los restos verdes con indicación de los costos.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de junio de 2.020.

Descargar doc:

Decr. 1395-20_06-26-2020-123327

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