Expte. Nº 7.123/20.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

La Ordenanza N° 2185/14 (Estado de Emergencia por falta de agua potable), y

 

CONSIDERANDO:

Que en los últimos tiempos vecinos de nuestra ciudad manifestaron, reiteradamente, su malestar por los anegamientos que se producen en las calles de su barrio toda vez que los camiones cisterna de Aguas Provinciales S.A realizan el desagote de las cubas para el llenado de los tanques de almacenamiento emplazados en las mencionadas áreas.

Que en la mayoría de los casos se evidencian copiosas fugas de agua en los conductos de desagote, bombas y mangueras, fugas que fueron documentadas en fotografías tomadas por los vecinos, adjuntando algunas de ellas en el presente proyecto de decreto.

Que tras el paso y descarga de los camiones cisterna la situación se agrava especialmente en los barrios con calles de tierra, produciéndose verdaderos lodazales que dificultan el tránsito de los vecinos.

Que en el caso del barrio aledaño al cementerio de Villa Gobernador Gálvez los vecinos han realizado numerosos reclamos a la empresa tanto por derrames de agua en la vía pública como por anegamiento en las propias viviendas al momento de abastecer el camión cisterna los tanques domiciliarios.

Que por razones de salubridad resulta totalmente inconveniente se formen charcos en la vía pública en tiempos de propagación de un flagelo como el Dengue.

Que el agua constituye un recurso vital que por ninguna causa debe desperdiciarse, constituyendo el acceso a la misma un derecho humano.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.420/2.020

 

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área correspondiente, notifique a la brevedad a Aguas Provinciales S.A sobre los anegamientos producidos en calles de nuestra ciudad a raíz de las pérdidas de agua que registran los sistemas de desagote, bombas y mangueras de los camiones cisterna asignados a la provisión de agua potable y exija a sus autoridades la pronta resolución de un problema que perjudica a numerosos vecinos por razones de salubridad asociadas al estancamiento del agua en la vía pública y a la dificultad de transitar por las mencionadas arterias producto de los anegamientos.

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  23 de julio de  2020

Descargar doc:

Decr. 1420-20_07-24-2020-112528

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