Expte. Nº 1.731/99.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 75/74, 1033/94 y 1145/95, y
CONSIDERANDO:
Los reiterados reclamos de los vecinos de calle Buenos Aires y Pasaje Nº2, de
Que no obstante existe en la actualidad un pequeño sector, comprendido por la vereda Este de calle Buenos Aires desde su intersección con calle General Levalle hasta Pasaje Nº2 y la vereda Sur de Pasaje Nº 2 desde su intersección con calle Buenos Aires hasta la numeración 1.867 de dicho Pasaje, el que carece de
Que por la proximidad de la actual Red Instalada que llega por calle General Levalle hasta Buenos Aires y por calle Buenos Aires hasta Pasaje Nº 2, hacen factible y de fácil solución, el atender el reclamo que desde hace más de quince años, hacen los vecinos.
Que dicho reclamo es a la vez un derecho de los vecinos y un deber del Municipio, que debe ser atendido con suma urgencia ya que en la mayoría de los casos han pagado el costo de
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 146/99
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para solicitar mediante el área que corresponda, se dispongan tareas para la instalación de
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal afectará fondos provenientes de la cuenta de Gas Natural, integrados por el “Fondo Proyecto Integral Red de Gas Barrial”, según lo dispuesto por
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 9 de 1.999.