Expte. Nº 7.242/20.

VISTO:

La Ley 2.756 Orgánica de Municipios de la Provincia de Santa Fe y el ordenamiento jurídico vigente, y

 

CONSIDERANDO:

Que durante el transcurso del año se han formulado numerosos pedidos de informes que no han sido contestados por el Ejecutivo Municipal  lo que genera la necesidad de insistir en los mismos, siendo que la información requerida es transcendental para hacer efectivo el principio republicano de gobierno establecido en el artículo 1° de la Constitución de la Provincia de Santa Fe.

Que la publicidad de los actos de gobierno se presenta como una EXIGENCIA Y DEBER DE LAS AUTORIDADES Y NO COMO UNA PRERROGATIVA DE ELLAS, e importa la adopción al mismo tiempo de otro principio que es el de la transparencia.

Que por su parte la Ley N° 2756 en su Capítulo IV bajo el titulo “Del Intendente Municipal. Sus deberes y obligaciones”, en su artículo 41 determina “…Son atribuciones del Intendente Municipal:…14- Suministrar verbalmente, o por escrito, por sí o por medio de los secretarios, los informes que le pueda requerir el Concejo…”

Que por su parte el artículo 39° “Son atribuciones y deberes de los Concejos Municipales…. En lo relativo a la Administración, le corresponde:… 66 – Dictar una ordenanza de contabilidad, Estableciendo la forma en que deben hacerse constar los egresos e ingresos municipales, y demás normas vinculadas al régimen contable y de control…” y “...69 – Nombrar de su seno comisiones investigadoras para que informen sobre la marcha de la administración municipal o sobre irregularidades que cometiere el personal. El presidente del cuerpo comunicará la designación de esta comisión, al Departamento Ejecutivo para que éste ordene a los jefes y empleados se pongan a las órdenes de aquélla y le presten su debida cooperación…”

Que, al efecto se identifica los Decretos que no se han satisfecho a la fecha:

  • Decreto N° 1.357/20 Informe detallado sobre las compras realizadas con el porcentaje del FAD correspondiente al DEM.
  • Decreto N° 1.366/20 Relevamiento e informe de todos los efectores de salud municipales, sobre la efectivización de los cronogramas de vacunación y medidas para combatir el Dengue, Zica y Chicungunya.
  • Decreto N° 1.367/20 Rendición de cuentas de los importes que el Gobierno Provincial ha enviado para ser aplicado al servicio de asistencia hospitalaria.
  • Decreto N° 1.395/20 informe detallado de cronograma de recolección de restos verdes.
  • Decreto N° 1.424/20 Informe de las efectuaciones de los fondos correspondientes a Fondos para la Construcción y Adquisición de Equipamiento Rodados.

Que el tiempo transcurrido hace necesario que el departamento ejecutivo cumpla con la obligación de brindar la información requerida y dar transparencia a los actos de gobierno.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.465/2.020

 

ART.1°) El Concejo Deliberante le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal el envío de los  pedidos de informes formulados; particularmente los correspondientes a los DECRETOS N° 1.357/20, 1.366/20, 1.367/20, 1.395/20, 1.424/20,  alcanzando el presente requerimiento también a todos los pedidos de informes que a la fecha no se hubieran contestado.

 

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de noviembre  de  2020.

Descargar doc:

Decr. 1465-20_11-27-2020-125833

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