Decr. 153/01 Aprueba decretos donde se reciben donaciones

Expediente Nº 2.010/01.

VISTO:

Los Decretos elevados por el Departamento Ejecutivo  Municipal Ad Referéndum del Concejo Deliberante: Nº 0676/2000; 0877/2000;  0907/2000 y 1.333/2000 sobre aceptación  donaciones efectuadas para cubrir gastos de diversos  eventos, y

 

CONSIDERANDO:

Que las donaciones que se mencionan en los Decretos enumerados en el Visto se han solicitado para paliar los gastos concernientes  a los distintos eventos que  se  efectuaron durante el transcurso del año 2.000.

Que la Ley 2756, Art. 39º Inciso 8 establece: ” Aceptar  o rechazar  las  donaciones  o legados que  se  hicieran  al Municipio,  cuando  su  monto exceda de  cinco  mil  pesos nacionales para las Municipalidades de primera categoría y de  dos mil pesos para las de segunda. (Las  cifras  están expresadas  en  ” pesos moneda  nacional  “,  denominación vigente hasta el dictado de la Ley Nº 18.188, no habiéndose  regulado  por ley posterior. La conversión  de  dichos guarismos  al actual sistema, importa  su  descalificación como valor de cambio)”.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 153/2001

 

ART.1º) Apruébanse  los  Decretos Ad referéndum elevados  por  el Departamento Ejecutivo Municipal  Nº 0676/2000; 0877/2000; 0907/2000 y 1.333/2000, por el cuál se reciben en carácter de donación de distintas firmas de la Ciudad, los siguientes importes que se detallan:

       $ 1.500,11.-  FIRMA: MIGA MIGA S.R.L.

       $ 2.500.-     FIRMA: LA SEGUNDA S.A.

       $ 3.000.-     FIRMA: COOPERATIVA TELEFONICA DE V.G.G.

       $ 3.500.-     FIRMA: COOPERATIVA TELEFONICA DE V.G.G.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de abril de 2.001.

 

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