Expte. Nº 3.335/08.
VISTO:
La Ley 2756, Inc.51.
La necesidad de implementar acciones que contribuyan al reordenamiento y la organización de los asentamientos urbanos y a solucionar el déficit habitacional en nuestra Ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Concejo Municipal fomentar la vivienda popular.
Que en nuestra Ciudad son numerosas las situaciones de ocupación precaria o irregular de terrenos, irregularidad que respecta no sólo al aspecto legal sino también al físico-territorial.
Que es necesario pensar políticas tendientes a regularizar las situaciones recién mencionadas y a ordenar el proceso de urbanización de nuestra Ciudad.
Que se deben implementar políticas de urbanización y ordenamiento territorial que contribuyan a fomentar un desarrollo coherente y armónico de nuestra Ciudad.
Que la vivienda es una necesidad primordial para el bienestar físico, psicológico, social y económico de los ciudadanos, y uno de los derechos esenciales enunciados en nuestra Constitución Nacional.
Que con la puesta en marcha de políticas activas de ordenamiento territorial contribuiríamos a lograr un desarrollo territorial más armónico, abordando una de las problemáticas más acuciantes en nuestra Ciudad como lo es el déficit de viviendas y la ocupación precaria de terrenos y lotes.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 238/2008
ART.1º) Ordénese al Deprtamento Ejecutivo Municipal, a través de las Secretarías que correspondan y con personal municipal, la realización de un estudio de factibilidad para la regularización de las actuales ocupaciones precarias o irregulares de terrenos existentes en las Secciones Catastrales Nº 11, 12, 13, 14 y 15 de nuestra Ciudad.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de octubre de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti
Pro Secretaria: Victoria Beloni