Expte. Nº 3.358/08.
VISTO:
El Expediente Nº 3.153/08.
La Ordenanza Nº 1.144/95 y modificatorias.
La Ley Provincial Nº 2.756 .
El Decreto Nº 209/08 , y
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de la Sección Catastral Nº 13, se encuentran bajo un gran riesgo para su salud, teniendo en cuenta que en el sector mencionado funcionan diversas empresas calificadas por los lugareños como contaminantes.
Que de acuerdo a la Ordenanza Nº 1.144/95 y conforme los datos recabados, el relevamiento llevado a cabo el día 8 de marzo del corriente; las actividades realizadas por las empresas mencionadas fueron clasificadas a prima facie como insalubres.
Que el Concejo Deliberante en fecha 11 de abril de 2.008 emitió el Decreto Nº 209/08 que a la fecha no ha sido contestado.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 240/2008
ART.1º) Otórgase un plazo de 15 días hábiles, a los efectos de que el Departamento Ejecutivo Municipal a través de las Áreas que corresponda, informe a este Concejo Deliberante sobre los puntos solicitados en el Decreto Nº 209/08 .
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de noviembre de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti
Pro Secretaria: Victoria Beloni