Decr. 262/09 Informe sobre balances de Tesorería Abril a Julio 2009

Expte. Nº  3.593/09.

VISTO:

 La Ley 2756, Art. 39º Inc.21; Art.41º Incs. 14 y 19, y

          

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario dar a conocer el desarrollo de la Administración Municipal, para que la ciudadanía en general tenga acceso al pleno conocimiento del empleo de los fondos públicos.

Que uno de los aspectos más importantes se relaciona con los ingresos y egresos de dichos fondos; los que mensualmente son registrados en los balances de Tesorería.

Que la Ley Orgánica de Municipalidades dispone en su Art. 41º Inc. 19, que el Intendente debe: ”hacer confeccionar mensualmente, en forma clara y detallada, el balance de la Tesorería Municipal y publicarlo íntegro e inmediatamente por la prensa o en volantes que se fijarán en los tableros de publicidad municipal”.

Que es deber del Concejo Deliberante respecto de la Administración Municipal, examinar, aprobar o rechazar las cuentas de gastos ordinarios y extraordinarios…” (Art. 39º Inc.21).

Por tal razón resulta necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal remita la totalidad de la información que se le requiera, siendo de fundamental importancia disponer de los balances mensuales de Tesorería.

Que actualmente se registra un atraso en el envío de dichos balances, por lo que, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá remitirlo en forma perentoria.

 

 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO  Nº262/2009


ART. 1º) Remítase en el plazo de 5 días hábiles al  Concejo Deliberante los Balances mensuales de Tesorería de los meses de abril a julio del corriente año.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

                                                         

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  20 de agosto de 2.009.

 

Presidenta: Olga G. Coteluzzi

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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