Expte. 3.662/09
VISTO:
La Ley 2756, Art. 41º Inc.24, y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de calles Alvear con cortada Junín se encuentra funcionando un depósito de chatarra y materiales en desuso.
Que la proliferación de los vertederos clandestinos y la acumulación de chatarra en lugares públicos y privados es uno de los elementos indeseables que se interpone en la lucha contra el dengue.
Que en caso de que la chatarra se encuentre en terreno privado y negocio habilitado para tal fin debería mantenerse seca y bajo cubierta. Si por sus dimensiones o por la cantidad no pudiere ser mantenida en esas condiciones, deberá ser fumigada constantemente para eliminar todo riesgo para la salud del vecindario.
Que
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº275/2009
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, informe si el depósito de chatarra y materiales en desuso ubicado en la intersección de calles Alvear y Ctda. Junín posee habilitación municipal para funcionar.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de noviembre de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi
A/C Secretaria: Mario Correale