Expte. Nº 3.918/10.
VISTO:
La reciente poda o extracción de árboles de la vía pública.
El Decreto Reglamentario Nº 763.
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que cuadrillas de empleados de la municipalidad han realizado tareas de poda y extracción en distintos lugares del ejido urbano de nuestra ciudad.
Que las actividades mencionadas se encuentran perfectamente reglamentadas por
Que
Que es necesario emplear técnicas adecuadas a fin de salvaguardar los ejemplares del arbolado público que ocasionen problemas en la vía pública determinando la adopción de un sistema de poda que compatibilice la conservación del recursos con la seguridad publica.
Que es deber del municipio contribuir al cuidado del Medio Ambiente con este tipo de medidas que disminuyen la temperatura del aire, actúan como barrera sonora y además capturan el dióxido de carbono liberado y lo transforman en oxigeno.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº298/2010
ART. 1º) Impleméntese un Plan de Reposición de los ejemplares arbóreos extraídos o mal podados en todo el ejido urbano municipal.
ART. 2º) Impleméntese las medidas adecuadas y acordes a la Ley Provincial Nº 9004 sobre Arbolado Público en todo lo que se refiere a la extracción y poda de árboles.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de agosto de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale