Expte. Nº 4018/10.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 1.812/08 , 1.927/10 y 1.928/10.
El Expediente Municipal Nº 37.949/10.
La Resolución de la Secretaría de Gobierno Nº 246/10.
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que el 7 de octubre de 2010 se aprobó mediante Ordenanza Nº 1.927/10 el Régimen para la Habilitación de Heladerías.
Que en su Art. 3º se establece que se deberá dar cumplimiento a una zona de protección para evitar la superposición de actividades del mismo rubro.
Que en la Ordenanza Nº 1.812/08 se habla siempre de superficie comercial utilizable siendo esto el alma de la norma y tornándose contradictorio confiar este control a una simple declaración jurada de la parte interesada.
Que en el momento de creación de la Ordenanza los Concejales tuvieron en cuenta por superficie comercial utilizable todo el espacio que se encuentra dentro del local comercial así como el que pudieran llegar a utilizar en la vía publica.
Que en los Considerando de la resolución de la Secretaria de Gobierno Nº 246/10 se establece que la superficie del local fue constatada mediante declaración jurada presentada por el solicitante de la habilitación.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal debe emplear todos los medios necesarios para el cumplimiento de las Ordenanzas que sanciona el Concejo Deliberante sin desvirtuar el espíritu de las mismas y asegurando su fiel cumplimiento.
Que son deberes del municipio la defensa del mercado local, evitar la competencia desleal y la conservación del empleo de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 309/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que en el plazo de 3 días y a través de la Secretaría correspondiente:
1.- Envíe copia integral del Expediente Administrativo Nº 37949/10.
2.- Realice inspección general del local sito en calle Eva Perón Nº 2209/11 de nuestra localidad, constatando la superficie comercial utilizable del mismo de acuerdo a los términos establecidos en los Considerandos del presente Decreto.
3.- Remita copia de todas las actuaciones al Concejo Deliberante.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de noviembre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Victoria Beloni